Conceptos Ambientales
En
Venezuela existe gran variedad en la legislación, una de ellas está contenida
en materia ambiental desde tres artículos específicos en la Constitución
Nacional, Leyes Orgánicas, Penales, y númerosos decretos, sin contar los
convenidos y demás tratados internacionales. Hoy les traigo varias definiciones
extraídas de la Ley Orgánica del Ambiente venezolana, en cuyo Artículo 3 nos
brinda información técnica que, no solo los versados o estudiosos de esta área deberían
conocer, sido la ciudadanía general. Espero les sea de ayuda.
Ambiente:
Conjunto o sistema de elementos de naturaleza física, química, biológica o socio
cultural, en constante dinámica por la acción humana o natural, que rige y
condiciona la existencia de los seres humanos y demás organismos vivos, que
interactúan permanentemente en un espacio y tiempo determinado.
Ambiente
seguro, sano y ecológicamente equilibrado: Cuando los elementos que lo integran
se encuentran en una relación de
interdependencia armónica y dinámica que hace posible la existencia,
transformación y desarrollo de la especie humana y demás seres vivos.
Aprovechamiento
sustentable: Proceso orientado a la utilización de los recursos naturales y
demás elementos de los ecosistemas, de manera eficiente y socialmente útil,
respetando la integridad funcional y la capacidad de carga de los mismos, en
forma tal que la tasa de uso sea inferior a la capacidad de regeneración.
Auditoría
ambiental: Instrumento que comporta la evaluación sistemática, documentada,
periódica y objetiva realizada sobre la actividad sujeta a regulación, para verificar
el cumplimiento de las disposiciones establecidas en esta Ley y demás normas
ambientales.
Bienestar
social: Condición que permite al ser humano la satisfacción de sus necesidades
básicas, intelectuales, culturales y espirituales, individuales y colectivas,
en un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado.
Calidad
del ambiente: Características de los elementos y procesos naturales, ecológicos
y sociales, que permiten el desarrollo, el bienestar individual y colectivo del
ser humano y la conservación de la diversidad biológica.
Capacidad
de carga: Máximo valor posible de elementos o agentes internos o externos, que
un espacio geográfico o lugar determinado puede aceptar o soportar por un
período o tiempo determinado, sin que se produzcan daños, degradación o impida
la recuperación natural en plazos y condiciones normales o reduzca
significativamente sus funciones ecológicas.
Compensación:
Trabajos realizados o por realizar por el responsable de una afectación de
carácter permanente o temporal, con el propósito de compensar los daños o
alteraciones ocasionadas a los recursos naturales.
Contaminación:
Liberación o introducción al ambiente de materia, en cualquiera de sus estados,
que ocasione modificación al ambiente en su composición natural o la degrade.
Contaminante:
Toda materia, energía o combinación de éstas, de origen natural o antrópico,
que al liberarse o actuar sobre la atmósfera, agua, suelo, flora, fauna o
cualquier otro elemento del ambiente, altere o modifique su composición natural
o la degrade.
Control
ambiental: Conjunto de actividades realizadas por el Estado conjuntamente con
la sociedad, a través de sus órganos y entes competentes, sobre las actividades
y sus efectos capaces de degradar el ambiente.
Daño
ambiental: Toda alteración que ocasione pérdida, disminución, degradación,
deterioro, detrimento, menoscabo o perjuicio al ambiente o a alguno de sus
elementos.
Desarrollo
sustentable: Proceso de cambio continuo y equitativo para lograr el máximo
bienestar social, mediante el cual se procura el desarrollo integral, con fundamento
en medidas apropiadas para la conservación de los recursos naturales y el
equilibrio ecológico, satisfaciendo las necesidades de las generaciones
presentes sin comprometer las generaciones futuras.
Diagnóstico:
Determinación, en un momento dado del estado del ambiente, las especies, poblaciones,
ecosistemas, de la diversidad biológica y demás recursos naturales y elementos
que lo integran, sus restricciones y potencialidades de uso.
Ecosistema:
Sistema complejo y dinámico de componentes biológicos, abióticos y energía que interactúan
como una unidad fundamental.
Educación
ambiental: Proceso continuo, interactivo e integrador, mediante el cual el ser
humano adquiere conocimientos y experiencias, los comprende y analiza, los
internaliza y los traduce en comportamientos, valores y actitudes que lo
preparen para participar protagónicamente en la gestión del ambiente y el
desarrollo sustentable.
Estudio
de impacto ambiental y socio cultural: Documentación técnica que sustenta la
evaluación ambiental preventiva y que integra los elementos de juicio para tomar
decisiones informadas con relación a las implicaciones ambientales y sociales
de las acciones del desarrollo.
Evaluación
de impacto ambiental: Es un proceso de advertencia temprana que opera mediante
un análisis continuo, informado y objetivo que permite identificar las mejores
opciones para llevar a cabo una acción sin daños intolerables, a través de
decisiones concatenadas y participativas, conforme a las políticas y normas
técnicas ambientales.
Gestión
del ambiente: Todas las actividades de la función administrativa, que
determinen y desarrollen las políticas, objetivos y responsabilidades
ambientales y su implementación, a través de la planificación, el control, la
conservación y el mejoramiento del ambiente.
Guardería
ambiental: Acción de vigilancia y fiscalización de las actividades que, directa
o indirectamente, puedan incidir sobre el ambiente para la verificación del
cumplimento de las disposiciones relativas a la conservación de un ambiente
sano, seguro y ecológicamente equilibrado.
Restablecer:
Aplicación de un conjunto de medidas y acciones a objeto de restaurar las características
de los elementos del ambiente que han sido alteradas o degradadas, por un daño ambiental
de origen antrópico o natural.
Impacto
ambiental: Efecto sobre el ambiente ocasionado por la acción antrópica o de la
naturaleza.
Inventario:
Levantamiento de información cuantitativa y cualitativa sobre los ecosistemas,
la diversidad biológica, los recursos naturales y demás elementos del ambiente.
Manejo:
Prácticas destinadas a garantizar el aprovechamiento sustentable y la conservación
de los recursos naturales, así como aquéllas orientadas a prevenir y minimizar
efectos adversos por actividades capaces de degradarlos.
Medidas
ambientales: Son todas aquellas acciones y actos dirigidos a prevenir,
corregir, restablecer, mitigar, minimizar, compensar, impedir, limitar, restringir
o suspender, entre otras, aquellos efectos y actividades capaces de degradar el
ambiente.
Mejorar:
Acciones tendientes a incrementar, desde el punto de vista cualitativo y
cuantitativo, la disponibilidad de recursos naturales y de diversidad biológica
y demás elementos del ambiente.
Norma
técnica ambiental: Especificación técnica, regla, método o parámetro científico
o tecnológico, que establece requisitos, condiciones, procedimientos y límites
permisibles de aplicación repetitiva o continuada, que tiene por finalidad la
conservación un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado, cuya
observancia es obligatoria.
Planificación
ambiental: Proceso dinámico que tiene por finalidad conciliar los requerimientos
del desarrollo socio económico del país, con la conservación de los
ecosistemas, los recursos naturales y un ambiente sano, seguro y ecológicamente
equilibrado.
Política
ambiental: Conjunto de principios y estrategias que orientan las decisiones del
Estado, mediante instrumentos pertinentes para alcanzar los fines de la gestión
del ambiente, en el marco del desarrollo sustentable.
Preservación:
Aplicación de medidas para mantener las características actuales de la
diversidad biológica, demás recursos naturales y elementos del ambiente.
Recursos
naturales: Componentes del ecosistema, susceptibles de ser aprovechados por el
ser humano para satisfacer sus necesidades.
Reparación:
Es el restablecimiento, compensación o el pago indemnizatorio, según cada caso,
de un daño ambiental, riesgo ambiental, probabilidad de ocurrencia de daños en
el ambiente por efecto de un hecho, una acción u omisión de cualquier
naturaleza.
Riesgo
Ambiental: Probabilidad de ocurrencia de daños en el ambiente, por efecto de un
hecho, una acción u omisión de cualquier naturaleza.